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Con base en la reforma a la Ley de Tránsito, que entró en vigencia el 10 de agosto de 2021, todas las contravenciones que van desde tercera a séptima clase no tendrán reducción de puntos en la licencia de conducir. En total son 79 causales, desde el artículo 388 al 392 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Estas son las causales más recurrentes, en las cuales ya no hay reducción de puntos a la licencia de conducir:

?Art.388. Tercera clase 40 % del Salario Básico Unificado (SBU) (numeral 1 al 9)

  1. Quien detenga o estacione vehículos en zonas de seguridad, curvas, puentes, ingresos, y salidas de los mismos, túneles, sin tomar las medidas de seguridad.
  2. La o el conductor de transporte público o comercial que se niegue a brindar el servicio.
    ?Art.389.- Cuarta clase 30 % SBU (numeral 1 al 12)
  3. La o el conductor que no obedezca las señales manuales y las órdenes de los agentes de tránsito y otras señales colocadas en la vía pública.
  4. Vehículos sin placas de identificación.
    ?Art.390.- Quinta clase 15 % SBU (numeral 1 al 22)
  5. Apagar el motor en una pendiente.
  6. Dejar o recoger pasajeros en sitios prohibidos.
    ?Art.391.- Sexta clase 10 % SBU (numeral 1 al 21)
  7. Contravenir las normas previstas en relación a la emanación de gases.
  8. No lleve un botiquín de primeros auxilios y un extintor de incendios.
    ?Art.392.- Séptima clase 5 % SBU (numeral 1 al 15)
  9. Usar inadecuadamente y reiteradamente la bocina.
  10. La o el conductor que no use cinturón de seguridad
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